Sebastián Leiva. / epda La eliminación de barreras arquitectónicas es una prioridad en ámbitos públicos y, sobre todo, en los privados, es decir en los edificios o comunidades de propietarios.
Basta dar un vistazo para observar la gran cantidad de edificios que han eliminado las barreras arquitectónicas, o están en proceso de reforma para facilitar el acceso al edificio y sus viviendas: instalando un ascensor, eliminando escalones, realizando una rampa, etc…
Detrás de todo ello, hay una importante labor de búsqueda de presupuestos, recaudación de fondos, adopción de acuerdos y que, junto con la gestión de la petición de ayudas a la administración, se tratan de temas complejos en los que la ayuda de un profesional se hace casi imprescindible.
De todos los puntos que trata la extensa ley que lo regula, Sebastián Leiva, administrador de fincas colegiado con despacho profesional en Alboraya, resalta tres claves básicas que considera son esenciales para tener en cuenta:
•La primera es que, para la eliminación de las barreras arquitectónicas del edificio, se requiere se tome este acuerdo por la MAYORÍA de los vecinos y cuotas. Este acuerdo vincula a todos los propietarios. El pago de gastos también será por todos, inclusive los locales comerciales o bajos. Este punto ha quedado claramente establecido tras la última modificación habida de la vigente Ley Sobre Propiedad Horizontal-originariamente Ley 49/1960 21 de julio-modificada por la Ley De Rehabilitación, Regeneración Y Renovación Urbana-Ley 8/2013 de 26 de junio.
•La segunda, explica el administrador, es que la junta ha de estar debidamente convocada, redactados y trasladados los acuerdos al libro de actas y, en definitiva, cumplir con todos los requisitos legales, lo cual es muy importante para poder acreditar ante la Administración Pública (Conselleria de la Vivienda y/o Ayuntamiento) la hora de solicitar las ayudas económicas que se están concediendo y que, en algún caso, suponen un importe bastante considerable.
•La tercera y última clave, destaca el Sr. Leiva, se refiere a la importancia de que toda esta gestión se lleva a cabo por un profesional, administrador colegiado y con amplia experiencia, puesto que, tanto por su adecuado asesoramiento, como por su intervención en todo el proceso, facilitará la ejecución de acuerdos y trabajos, recaudación de fondos y gestionará lo necesario para que se pueda optar a las ayudas está concediendo la administración pública.
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