Vanesa López, alcaldesa de Caudete de las Fuentes
conoció el pasado 23 de mayo la resolución de la Audiencia Provincial de Valencia donde la
sentencia dicta la condena de
nueve años de inhabilitación para empleo o cargo
público por un delito de prevaricación administrativa, "al renunciar a una
subvención para contratar a personas en desempleo tras conocer que la candidata
era una persona con la que tenía desavenencias", indica dicho documento.
Según la sentencia de la Sección Tercera, a la que ha tenido
acceso EFE, la
Fiscalía
calificó los hechos como un delito de
prevaricación
administrativa y solicitaba para Vanesa López, de Ciudadanos, una pena de doce
años de inhabilitación para empleo o cargo público.
Por su parte, la
defensa
consideró que como alcaldesa
"
renunció por motivos adecuadamente justificados
a la subvención concedida
al Ayuntamiento de Caudete de Las Fuentes por la Dirección General de Empleo y
Formación" y pidió su libre absolución.
Según los hechos probados del fallo, había tres candidatos al
puesto y la que consiguió mayor baremación mantenía una relación de enemistad
desde hace tiempo con la alcaldesa "por unas discrepancias en el ámbito
político -ambas se disputaron con un tercero ser cabeza de lista del PP en
2015- que trascendieron al plano personal". Luego la alcaldesa salió del
PP y fue a Ciudadanos (Cs).
Tras relatar varios momentos de enfrentamientos entre
alcaldesa y candidata, el fallo prosigue que la acusada "negó los hechos
objeto de acusación, explicando que, siendo cierto que renunció a la subvención,
ello vino motivado porque se hacía innecesaria la misma al no poder cubrirse el
puesto para el que había sido solicitada, ni poder ser destinada la misma a
otro puesto diferente por estar ya cubierto por otra persona".
Igualmente sostiene que comunicó su renuncia a la
subvención el 11 de septiembre de 2020 pero según la sentencia "resulta
difícil de mantener", ya que "de ser así, ningún sentido tenía seguir
adelante el proceso de selección con la oferta de empleo del Ayuntamiento",
a la que siguió la elaboración de un listado de candidatos fechado el 15 de
septiembre.
"Los hechos declarados probados son legalmente
constitutivos de un delito de prevaricación administrativa", concluye.
Contra esta sentencia cabe recurso de apelación.
Es por ello por lo que Vanesa López, publicó un comunicado en sus
redes sociales que dice lo siguiente:
"En el día de ayer, recibí una resolución de la Audiencia
Provincial de Valencia, donde inicialmente se señala que la Justicia entiende
que habría actuado de manera incorrecta con la renuncia a una subvención para
un puesto de trabajo en la época covid, que por las circunstancias del pueblo y
de los recintos municipales cerrados, entendimos que no era necesaria dado que
no se podía desarrollar.
Dicha renuncia no suponía ningún beneficio personal para mí,
pero en el desarrollo de mis funciones, está entre otras, el determinar los
puestos de trabajo que necesita o no el pueblo y el coste económico de los
mismos.
Dicha comunicación ostenta errores claros de apreciación y
va a ser recurrida, por lo que en ningún caso es firme y por supuesto,
ejecutable.
Es indudable que no es agradable recibir estas noticias,
pero al mismo tiempo, me reconforta que la Justicia tenga mecanismos que
permitan que se revisen dichos errores, sobre todo cuando son manifiestos.
Estoy plenamente convencida que la Justicia finalmente
dictará "justicia" y quedará todo aclarado y sin reproche alguno hacia mi
conducta.
Mi voluntad siempre ha sido acatar las directrices
judiciales, y así se hará, si en última instancia, se señalase otra opción
distinta a la realidad y a la que defiendo como real.
Esperando que se respete el principio de presunción de
inocencia, y mi derecho a defender mi honor y mi gestión hasta la última
instancia, como señala la Ley", finalizaba en su comunicado.