🔒 CIERRE PERIMETRAL
Se mantiene el cierre perimetral que restringe las entradas y salidas de la Comunitat Valenciana hasta el 15 de enero, a excepción de los días 23, 24, 25 y 31 de diciembre y 1 de enero. Siempre y cuanto se trate de desplazamientos para reunirse con familiares y allegados.
🔔 TOQUE DE QUEDA
Se mantiene el toque de queda que restringe la movilidad nocturna hasta las 12 horas de la media noche hasta el 15 de enero. Pero de forma excepcional, las noches del 24 al 25 y del 25 al 26 de diciembre, y del 31 al 1 de enero, se ampliará hasta las 1:30 horas.
👨👩👧👦 REUNIONES SOCIALES Y FAMILIARES
Se mantiene hasta el 15 de enero el límite de seis personas en las reuniones sociales. Sin embargo, durante los días 24, 25, 26 y 31 de diciembre y 1 de enero, se permitirá que este número de personas se incremente hasta los 10 asistentes siempre y cuando se trate de encuentros familiares. Así mismo, el Consell ha dado el visto bueno a las reuniones con allegados, aunque se recomienda que no se superen los dos grupos de convivencia.
🍽️ HOSTELERÍA
El horario establecido para el cierre de los locales de restauración y hostelería durante las noches del 24 al 26 de diciembre y del 31 de diciembre al 1 de enero, será a la 1:00 horas. No se podrán aceptar pedidos a partir de las 00:30 horas. El máximo de comensales por mesa estará fijado en 6 personas, a excepción de familiares o allegados, que podrá ser de un máximo de 10 personas por mesa.
🐫 CABALGATAS
Se permiten las cabalgatas estáticas cuando se pueda controlar el acceso, garantizando el cumplimiento de las normas de higiene, uso de mascarilla, distancias y niveles de aforo. Se permitirá que los Reyes Magos recorran los pueblos y ciudades en vehículos de transporte.
🎉 AFORO EN EVENTOS
Los eventos y actividades que se desarrollen tanto al aire libre y en espacios cerrados en ningún caso podrán superar las 150 personas, incluyendo participantes y organizadores, ni superar el aforo del 50%. Esta medida afecta a espectáculos públicos, actividades recreativas y socioculturales, exhibición de animales y celebraciones populares, pero no aquellos actos culturales como teatros, cines, auditorios de música, centros culturales, salas de conciertos, salas de exposiciones o salas de conferencias, así como la celebración de pruebas selectivas o exámenes realizados por organismos oficiales o centros educativos.
🎡 FERIAS, PARQUES DE ATRACCIÓNES Y ZOOS
Los centros feriales y/o parques de atracciones podrán abrir al público con un límite de aforo del 50%, tanto en instalaciones cerradas como al aire libre.
🌲 JARDINES Y ZONAS AL AIRE LIBRE
Los jardines y zonas de esparcimiento al aire libre permanecerán abiertos solamente desde las 7:00 a las 23:00 horas.
🏃 DEPORTE
La celebración de los eventos deportivos, entrenamientos o competiciones deportivas no profesionales que se celebren en instalaciones deportivas podrán desarrollarse con un aforo de público máximo del 30%, y con un límite de 150 personas asistentes.
En el caso de las piscinas, se mantiene el aforo del 30% para las cerradas y 50% para las abiertas, pero, como novedad se podrá hacer uso de los vestuarios. Pero no se podrá hacer uso de las duchas ni de las fuentes de agua.
Así mismo, se podrán realizar actividades en el medio natural en grupos de hasta 30 personas.
🛒 MERCADILLOS
Se mantiene el aforo del 50% de puestos y se introduce la alternativa de no limitar el número de puestos pero sí el aforo de visitantes al 50%.
⛪ BODAS Y LUGARES DE CULTO
Las reuniones, celebraciones y encuentros religiosos, incluidas las ceremonias nupciales u otras celebraciones religiosas específicas, se mantienen, hasta las 23.59 horas del día 15 de enero de 2021. Además, se mantiene la limitación del 30% del aforo.