Josep Vicent Garcia i Tamarit, alcalde de La Pobla de Vallbona. /EPDA Tras las acusaciones del PP de la Pobla de Vallbona, que aseguraban que Josep Vicent Garcia i Tamarit faltaba a la verdad, el alcalde de la Pobla de Vallbona asegura que "no ha afirmado que las medidas cautelarísimas habían sido desestimadas", sino que apuntó:
"'Al respecto indicar que se trata de una medida cautelar interpuesta por otro agente de la policia local de la Pobla de Vallbona, que está a la espera de poder realizar el curso de formación del IVASPE. Medida Cautelar que ha sido DESESTIMADA por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 10 de Valencia en Pieza de Medidas Cautelares 24/2023. Auto de 19 de enero de 2023 que resuelve “NO ADOPTAR en este momento la medida cautelar interesada por la parte demandante'
Es decir que se había instado otra medida cautelar por otro agente, y dicha solicitud había sido desestimada por el Juzgado de lo contencioso-administrativo núm. 10 de Valencia.
Los hechos son:
1.- Medida Cautelarisima estimada en Auto de 20 de enero de 2023 por el Juzgado de lo contencioso núm. 8 de Valencia, en Pieza de Medidas Cautelares 17/2023. Hecho que fue informado en respuesta a su publicación de 21/01/2023, cuyo titular era “El alcalde de la Pobla desobedece al juez y no apunta a los policías al IVASPE”
Auto núm. 4/2023 en el que estimando la medida cautelarisima, acordaba y transcribo “requerir al Ayuntamiento demandado para que inscriba a los actores en la convocatoria número 56 del curso selectivo convocado por el IVASPE dentro del plazo fijado por este, límite de 20 de enero de 2023, permitiendo la realización del curso selectivo de conformidad con las bases y la norma de aplicación”.
Auto notificado al Ayuntamiento de La Pobla el 24 de enero de 2023 y que concedió tres días al Ayuntamiento para formular alegaciones. A la espera de nuevo pronunciamiento del Juzgado.
2.- Medida Cautelar que ha sido desestimada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 10 de Valencia en Pieza de Medidas Cautelares 24/2023 en Auto de 19 de enero de 2023 que resuelve “NO ADOPTAR en este momento la medida cautelar interesada por la parte demandante”.
Desestimación que ha sido confirmada por este mismo Juzgado en Auto de 3 de Febrero de 2023 que acuerda “NO ADOPTAR la medida cautelar interesada por la parte demandante”. Fallo que el Juzgado argumenta y transcribo:
'Es claro por ello que remitir a 12 agentes para realizar el curso supone prescindir durante 4 meses de casi un tercio de la plantilla, extremo que sin duda puede afectar gravemente a la constitución de turnos de trabajo y que no puede solucionarse con nombramientos de interinidad al no existir vacante (Requisito exigido por el art. 41bis de la Ley 17/2017), sino ausencia temporal del puesto por formación.
Por lo que procede denegar la medida solicitada al considerarse que perjudica gravemente al interés público'".
Respecto a las acusaciones de inactividad municipal, García y Tamarit asegura que: "El 15 de julio de 2021 finaliza el proceso selectivo de la convocatoria para la selección de 13 agentes de la policia local dentro del marco de consolidación de ocupación temporal incluida en la OEP extraordinaria de 2018. El agente en cuestión queda en el puesto 16 (Mismo agente que interpone Pieza Medidas Cautelares 24/2023, desestima la medida en Auto de 19/01/2023 y confirmada la desestimación en Auto de 3/02/2023).
El 16 y 18 de agosto de 2021 dos aspirantes renuncian al puesto pasando a incorporarse dos aspirantes, los que ocupaban los puestos 14 y 15 (que son dos de los agentes que el Juzgado ha aceptado su cautelarisima, Pieza Medidas Cautelares 17/2023).
Respecto la inactividad denunciada: El 14 de junio de 2022 se presenta renuncia uno de los aspirantes nombrado funcionario en prácticas. El 20 de junio de 2022 se acepta en Resolución del Concejal delegado de recursos humanos 2022002497 el cese voluntario del aspirante que ocupaba el puesto 5, motivo por el que el aspirante que ocupaba el puesto 16 es llamado para ocupar la plaza vacante. El 14 de julio de 2022 se dicta providencia del Concejal Delegado de Recursos Humanos e informe favorable del Jefe del Servicio de Recursos Humanos para requerir al aspirante (puesto 16) presente la documentación para su incorporación. La resolución con requerimiento es notificada el 18 de julio de 2022.
Resulta evidente que no hay inactividad de la administración".
En lo referente a la inscripción de los agentes en los cursos del IVASPE, el alcalde añade los siguientes argumentos:
- "Resolución 16 de junio de 2021 del Director de la AVSRE. Convocatoria Curso BS 52. El plazo de presentación de solicitudes era del 23 de junio al 7 de julio de 2021. Por el Ayuntamiento se hicieron dos solicitudes del 29 de junio y 7 de julio de 2021. En total se incluyeron 7 agentes en la solicitud. Finalmente el IVASPE no los admitió en dicho curso.
- Respecto de la Convocatoria del Curso BS 53. Solicitud de inscripción de fecha 13 de diciembre de 2021. El IVASPE finalmente no los admitir porque el curso sólo incluye los 160 agentes de policia del Ayuntamiento de Valencia. No pueden ser inscritos los agentes de La Pobla de Vallbona.
- Respecto de la Convocatoria del Curso BS 54, sólo para aspirantes de procesos de la provincia de Alicante. No pueden ser inscritos los agentes de La Pobla de Vallbona.
- Resolución de 2 de diciembre de 2022 del Director de la AVSRE. Convocatoria Curso BS 55º en las ciudades de Alicante y Elche aunque abierto a todos los municipios.
No se procedió a inscribir a ninguno de los agentes, dado el lugar de celebración y porque habían informado de la apertura del curso BS 56 en Valencia al mes de enero de 2023.
Finalmente se convoca el curso 56ª en Enero de 2023, cuyo límite finalizaba el 20 de enero de 2023. Por el Ayuntamiento de La Pobla de Vallbona se remite solicitud de inscripción el 11 de enero de 2023. Se inscriben 4 aspirantes, en concreto ordenados por orden decreciente según las calificaciones del proceso selectivo.
El motivo de enviar sólo a 4 de los 12 aspirantes, es para no dejar mermada la plantilla de policías locales, que solo cuenta con 38 agentes ahora en activo. Argumento que ha sido aceptado por el Juzgado de lo contencioso-administrativo núm. 10 para denegar la medida cautelar instada por el aspirante que quedó en posición 16. (Auto 19 de enero de 2023, y confirmado en Auto de 3 de Febrero de 2023) y al que se refiere la publicación".
Respecto de las acusaciones de intereses ocultos del Sr. Alcalde y amedrentar a policías y a los que informan, Garcia i Tamarit asegura que "la respuesta la da el propio Juzgado número 10 de Valencia en Pieza de Medidas Cautelares 24/2023 en Auto de 3 de Febrero de 2023 que acuerda “NO ADOPTAR la medida cautelar interesada por la parte demandante”. Entiende el Juzgado:
“Por lo que procede denegar la medida solicitada al considerarse que perjudica gravemente al interés público”.
El argumento del Ayuntamiento de La Pobla de Vallbona para no inscribir a los 13 agentes en el mismo curso de formación porque “supone prescindir durante 4 meses de casi un tercio de la plantilla, extremo que sin duda puede afectar gravemente a la constitución de turnos de trabajo y que no puede solucionarse con nombramientos de interinidad al no existir vacante (Requisito exigido por el art. 41bis de la Ley 17/2017), sino ausencia temporal del puesto por formación”. EL AYUNTAMIENTO ENTIENDE QUE PREVALECE EL INTERÉS PÚBLICO FRENTE EL INTERÉS PRIVADO DE LOS AGENTES.
Respecto de la afirmación de “dejar de amedrentar tanto a los Policías Locales como a los que informan de estas demandas”. En ningún momento el Ayuntamiento ni el Alcalde han amedrentado ni a policías ni a los que informan.
En relación a los policia y su inscripción en el curso de formación el IVASPE se ha pronunciado en relación a la medida cautelarísima acordada en Pieza de medida cautelares 17/2023 del Juzgado de lo contencioso núm. 8 de Valencia, y que obliga al Ayuntamiento a inscribir a 4 agentes sin respetar el resultado obtenido en el proceso selectivo, informando a estos mismos agentes:
“en estos momentos estamos revisando las solicitudes de admisión recibidas de los distintos municipios para posteriormente proceder a su baremación, por fecha de superación del proceso selectivo en cada municipio, puesto que se han recibido más solicitudes que plazas disponibles”
Respecto de amedrentar a los que informan, EL PERIODICO DE AQUÍ ha publicado el 21 de enero, el 28 de enero y el 3 de febrero de 2023 sin que el Ayuntamiento haya interferido en las publicaciones. Ahora bien, publicados unos hechos que no obedecen a la realidad, el Ayuntamiento, ejerciendo sus derechos, ha remitido escrito de rectificación informando de los hechos, no con opiniones sino con hechos y datos objetivos. EL PERIODICO DE AQUÍ puede publicar libremente y el Ayuntamiento de La Pobla solicitar la rectificación de los hechos que no son ciertos", ha concluido.
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