El
Ayuntamiento de Valencia dispone, a su cargo y desde hace años, de
un Punto de Encuentro Familiar (P.E.F) cuya finalidad es facilitar un
lugar de reunión neutral para el encuentro entre los miembros de
familias en crisis y garantizar el derecho de los menores y de los
propios progenitores o familiares a restaurar, mantener o desarrollar
una relación adecuada entre estos después de la separación,
divorcio o ruptura familiar, siempre en base a una resolución
judicial o administrativa.
Las
familias con menores atendidos por el mismo, en las distintas
funciones que aquel desarrolla, son derivados directamente por los
Juzgados de esta ciudad o por la Consellería de Bienestar Social.
Dicho
Punto de Encuentro Familiar está atendido por un equipo
multidisciplinar y especializado. Profesionales comprometidos con el
principio de proteger el interés del menor, desarrollando sus
intervenciones, según la función indicada por el Juzgado en
cuestión, con objetividad y salvaguardando la igualdad de las partes
en conflicto.
Desde
el inicio, el Colegio de Abogados de Valencia (ICAV) ha venido
colaborando con el Punto de Encuentro Familiar designando los
letrados que asisten en el mismo, después de un riguroso sistema de
selección que acredita su idoneidad y formación para el desempeño
de aquella función, siendo su actuación profesional abonada por el
Ayuntamiento de Valencia a través del Colegio.
Sin
embargo el Ayuntamiento de Valencia no ha firmado el Convenio para
2015, ya finalizado el año, proponiendo además para 2016 un texto
en el que el pago se convierte en subvención, con fiscalización de
las Cuentas del ICAV y en el que se pretende que sea el propio
Colegio de Abogados quien asuma todas las responsabilidades
económicas que se puedan derivar de la prestación de aquel servicio
municipal.
El
Colegio de Abogados de Valencia ha puesto en conocimiento del
Ayuntamiento de Valencia su intención de, con fecha 31 de enero de
2016, suspender el
servicio que
garantizan los abogados designados, y ello ante los reiterados
impagos por parte del Ayuntamiento de Valencia de los servicios
prestados por los indicados letrados, por lo que presentará de
inmediato la correspondiente Reclamación Administrativa Previa al
Contencioso-Administrativo por el importe total de la deuda (desde
enero de 2015) a favor de los letrados que han venido prestando aquel
servicio, manteniendo su interés en seguir negociando una solución
que no perjudique al ciudadano.
De
igual forma se dará el oportuno traslado e información al Juez
Decano a fin de que pueda tener conocimiento de la situación que,
desde hace meses, y con origen en los citados impagos, se lleva
sufriendo, ya que el coste del servicio que debe asumir la
Administración Municipal, dado el servicio de interés general de
que se trata, no lo puede atender el Colegio de Abogados con cargo a
las cuotas del resto de colegiados.
El
Colegio de Abogados de Valencia lamenta los trastornos y molestias
que dicha suspensión del servicio causarán a la ciudadanía,
incluida la eventual cancelación de toda nueva derivación desde los
Juzgados y Tribunales al PEF por la falta de profesionales al frente
de aquel servicio municipal, pero no puede asumir que el Ayuntamiento
de Valencia siga manteniendo el citado servicio por profesionales del
Derecho sin la atención económica de los mismos.
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