Pedro Sánchez. EPDA. El Consejo de Ministros ha aprobado, a
propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones,
nuevas medidas para empresas y autónomos hasta el próximo 30 de
septiembre tras el acuerdo firmado entre el Gobierno y los agentes
sociales y el consenso alcanzando con las asociaciones de autónomos.
Tanto los ERTE como las medidas de autónomos han tenido gran
impacto durante los meses de pandemia, protegiendo a cerca de 5
millones de trabajadores.
Para las empresas, el Consejo de Ministros ha dado luz verde al acuerdo
entre el Gobierno y los agentes sociales para prorrogar los ERTE hasta el
30 de septiembre con nuevas exoneraciones en las cotizaciones sociales.
En primer lugar, para las empresas que aún tengan problemas para
reiniciar la actividad en alguno de sus centros de trabajo, se crea una
nueva figura: el ERTE de transición. En estos casos, en los que todos
los trabajadores del centro de trabajo continúan suspendidos, las
exoneraciones serán decrecientes. Para las empresas con menos de 50 trabajadores la exoneración será del 70% en julio, del 60% en agosto y
del 35% en septiembre. En el caso de las empresas con 50 trabajadores
o más, las exenciones en las cotizaciones sociales serán del 50%, del
40% y del 25% en julio, agosto y septiembre, respectivamente.
En segundo lugar, se prorrogan los ERTE de fuerza mayor (antes
parcial) para las empresas que reincorporen a parte de su plantilla, que
se pusieron en marcha a mediados de mayo y que han contribuido a que
más de 1,4 millones de trabajadores que estaban en ERTE por fuerza
mayor se hayan reincorporado a sus puestos de trabajo. En este sentido,
la prórroga mantiene el espíritu actual de bonificar más a las empresas
por los trabajadores activados que a los que se quedan suspendidos. Para las empresas con menos de 50 trabajadores, las exoneraciones
serán del 60% para los trabajadores activados y del 35% para los no
activados durante los meses de julio, agosto y septiembre.
Para las
empresas con 50 y más trabajadores, las exoneraciones serán del 40%
para los trabajadores activados y del 25% para los no activados durante
los tres próximos meses.
Los procedimientos de regulación temporal de empleo basados en
causas económicas, técnicas, organizativas y de producción (ETOP)
derivadas del Covid-19 iniciados antes y tras la entrada en vigor del
presente real decreto-ley, siempre y cuando, en este último caso, sean
inmediatamente consecutivos a un ERTE de fuerza mayor, y hasta el 30
de septiembre de 2020 se podrán acoger a las condiciones en materia de
exoneraciones a la cotización de los ERTE por fuerza mayor.
Además, en el acuerdo con los agentes sociales se incluye un nuevo tipo
de ERTE para casos excepcionales en los que una empresa tenga que
cerrar su centro de trabajo como consecuencia de un rebrote de la
pandemia. En estos casos, que tienen que ser aprobados por las
autoridades laborales, se establece una exoneración en las cotizaciones
a la Seguridad Social del 80% para los trabajadores inactivos, del 60%
para los activos en el caso de las empresas de menos de 50 empleados,
y del 60% para los inactivos y del 40% para los activos para las empresas
de más de 50 empleados.
El Gobierno y los agentes sociales mantendrán la Comisión tripartita
creada en mayo para valorar las medidas tomadas y se han
comprometido a incorporar medidas tendentes a la creación de empleo a través de las cuatro mesas de diálogo constituidas con el presidente del
Gobierno. Además, el Consejo de Ministros ha aprobado también la prórroga a las
ayudas para trabajadores autónomos, que también han sido
consensuada con las principales asociaciones ATA, UPTA y UATAE.
En
este sentido, el Gobierno ha establecido nuevas exoneraciones en las
cotizaciones sociales para los más de 1,4 millones de autónomos
beneficiarios de la prestación extraordinaria hasta el 30 de junio.
En primer lugar, los beneficiarios de la prestación extraordinaria no
tendrán que pagar las cotizaciones sociales del mes de julio y tendrán
una exoneración del 50% en agosto y del 25% en septiembre, lo que
supondrá un ahorro mínimo de más de 500 euros por autónomo durante
los próximos tres meses.
Para aquellos cuya actividad aún siga muy afectada por los efectos de la
pandemia, podrán acceder a la prestación por cese de actividad ordinario si su facturación en el tercer trimestre es un 75% más baja que
la del mismo periodo del año pasado, siempre y cuando sus rendimientos
netos en el periodo no superen la cuantía equivalente a 1,75 veces el
SMI del trimestre. Esta posibilidad, que será compatible con la actividad,
supone un beneficio económico mínimo de 930 euros al mes por
trabajador, ya que supone una prestación económica equivalente al 70%
de la base reguladora más la exoneración de las cuotas por
contingencias comunes.
Para acceder a esta prestación ordinaria compatible con la actividad, no
es necesario esperar a que termine el trimestre. Los trabajadores
autónomos que estimen que pueden ser beneficiarios de la prestación
pueden solicitarla en cualquier momento. Posteriormente se realizará una
verificación del cumplimiento de los requisitos. Los autónomos tienen la
posibilidad de renunciar a la prestación durante esos tres meses si ven
recuperada su actividad.
Además, por primera vez, se establecen ayudas específicas al colectivo
de los autónomos de temporada. En su caso, podrán acceder a la
prestación extraordinaria (del 70% de la base reguladora más la
exoneración de las cotizaciones sociales) con efectos desde el 1 de junio
hasta el 31 de octubre.
Podrán solicitar estas ayudas los autónomos cuyo único trabajo a lo largo
de los últimos dos años se hubiera desarrollado en el Régimen Especial
de Trabajadores Autónomos o en el Régimen Especial de Trabajadores
del Mar durante los meses de marzo a octubre y hayan permanecido en
alta en los citados regímenes como trabajadores autónomos durante al
menos cinco meses al año durante ese periodo. Además, sus ingresos en
2020 no podrán superar las 1,75 veces el SMI (23.275 euros).
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