Policía Local de València./EPDA El hombre de 83 años que fue detenido este martes como supuesto autor de
un delito de violencia machista ejercido de forma continuada durante 56
años contra su pareja, quedó en libertad sin cargos tras pasar a
disposición judicial y no apreciar la jueza ningún riesgo que le llevara
a adoptar medida alguna de protección.
Fuentes judiciales han
informado de que la Policía Local de Valencia tramitó este caso como
diligencias urgentes (juicio rápido) por un supuesto delito de amenazas,
un asunto que el concejal de Protección Ciudadana, Aarón Cano, destacó
por su especial gravedad y por tratarse, según dijo, de un delito de
violencia machista ejercido de manera continuada durante 56 años.
Las
mismas fuentes han apuntado que esta tramitación como diligencias
urgentes responde al hecho de que la Policía Local apreció únicamente un
hecho concreto y de tramitación sencilla, pues si hubiera apreciado una
habitualidad o un caso grave, en ningún supuesto hubieran incoado
diligencias urgentes, sino diligencias previas para poder investigar
todos los posibles casos de violencia que hubiera podido sufrir la
víctima y recabar un informe de la unidad de valoración integral
forense.
Sobre este extremo, las fuentes policiales consultadas
por EFE han subrayado que "siempre se presenta un atestado similar, la
tipificación delictiva corresponde al juzgado", que posteriormente es
"el juez o el fiscal quien impulsa o no un procedimiento o una
investigación complementaria, pide informes psicológicos o forenses", y
han incidido en que "solo la judicatura o la fiscalía" pueden pedir esos
informes a la unidad de valoración.
"Se juzga siempre por juicio
rápido, como todos los asuntos relacionados con la violencia de género.
Y luego ese asunto puede dar pie a una instrucción o a la solicitud de
pruebas ampliatorias para comprobar si hay habitualidad o no en la
conducta violenta, si ha sufrido lesiones con anterioridad, etc.", han
agregado.
Además, han señalado que "lamentablemente, es habitual
que las víctimas se retracten, su testimonio es muy volátil y requiere
de mucho apoyo. Tienen miedo y otros condicionantes, y todos los
operadores que trabajan en asuntos de violencia doméstica deben tenerlo
presente".
Por último, han añadido que la mujer seguirá contando
con protección policial, aunque siga conviviendo con su supuesto
agresor, en virtud de los protocolos de protección vigentes.
Tras
negarse la víctima el pasado martes a solicitar asistencia letrada,
tanto la juez como el fiscal informaron a la víctima de que el inicio de
un procedimiento judicial no le iba a suponer ningún desembolso
económico, dada la existencia de recursos asistenciales e incluso de
establecer una pensión compensatoria, por si esa fuese la motivación
para no solicitar esas asistencias letrada.
Las mismas fuentes
judiciales conocedoras de los hechos han explicado que la jueza se
entrevistó, además, con una hija de la pareja y que esta relató una
situación de matrimonio roto desde hace muchos años, en la que se
produjeron malos tratos y faltas de respeto mutuos entre ambos cónyuges,
aunque explicó que ninguno de sus progenitores quería separarse, pese a
disponer de otras viviendas para no tener que convivir.
También
la víctima verbalizó su negativa a separarse de su marido, así como a
solicitar una orden de protección (alejamiento), e insistió (al igual
que la hija) en que no existía riesgo para su vida, sino "grandes
desavenencias", y que la denuncia la había formulado para dar un
"escarmiento" a su marido.
La mujer aseguró que quería seguir
viviendo con su marido, no por una dependencia afectiva o económica,
sino por su particular forma de entender la vida en matrimonio, de modo
que, con toda la información recogida, la jueza no apreció riesgo que la
obligara a adoptar de oficio ninguna medida de protección.
Consultado sobre estos hechos, el Tribunal Superior de Justicia de la
Comunitat
Valenciana ha confirmado que el investigado se acogió a su derecho a no
declarar y que la mujer hizo lo mismo en virtud de la dispensa
establecida en Ley de Enjuiciamiento Criminal.
De conformidad con
el criterio del Ministerio Fiscal, el juzgado archivó provisionalmente
esas diligencias urgentes, de modo que el detenido fue puesto en
libertad al no quedar debidamente acreditada la perpetración del delito
(el de amenazas) por el que fueron incoadas.
No obstante, el
TSJCV ha informado de que el juzgado realizará a partir de ahora un
seguimiento de la pareja y le ha recordado a la mujer que puede
interponer denuncia en cualquier momento, con la consiguiente
posibilidad de que se reabran las diligencias archivadas
provisionalmente.
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