La
Audiencia Nacional ha admitido la cuestión de inconstitucionalidad que
el ICAV interpuso contra la Ley de Tasas mediante escrito de fecha 12 de
febrero de 2013, siendo igualmente procedente suspender el
procedimiento en el estado en que se encuentra hasta que por el Tribunal
Constitucional se dicte resolución.
La
solicitud de cuestión de inconstitucionalidad elevada por la Sala de lo
Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional se fundamenta,
entre otras resoluciones, en la Sentencia 20/2012 del Tribunal
Constitucional que cuestiona la legalidad de aquellas tasas que “son tan
elevadas que impiden en la práctica el acceso a la jurisdicción o lo
obstaculizan en un caso concreto en términos irrazonables”.
Según ha afirmado el Decano del ICAV, Mariano Durán, “es
una satisfacción que la Audiencia Nacional haya admitido a trámite la
posible vulneración constitucional, presentado por el Colegio de
Abogados de Valencia contra las Tasas Judiciales, y la primera admisión
de entre todos los recursos interpuestos por los colegios de abogados
españoles, ya que las tasas judiciales suponen una barrera infranqueable
para ejercer el derecho de defensa de millones de ciudadanos y un grave
atentado para la Justicia”. En su opinión, “el efecto disuasorio para los ciudadanos ha sido reconocido por jueces, magistrados, abogados y secretarios judiciales”.
La
última concentración de protesta contra las tasas judiciales organizada
por el ICAV, tuvo lugar el pasado 20 de noviembre a las puertas de la
Ciudad de la Justicia de Valencia, con el objeto de pedir la derogación
inmediata de la norma impulsada por el Ministro de Justicia, Alberto
Ruiz-Gallardón. En esta fecha la norma cumplía su primer año de vigencia
y según la abogacía valenciana, ha supuesto un serio obstáculo para el
acceso a la Justicia de los ciudadanos.
El
cambio más sustancial de la Ley de Tasas con respecto a sus precedentes
radica en la incorporación al ámbito subjetivo de este tributo de los
ciudadanos, que hasta ahora estaban exentos y sólo se aplicaba a
entidades mercantiles, con un elevado volumen de facturación. En
este sentido, Mariano Durán considera que “este
sistema de tasas no ha resultado eficaz, el número de asuntos ha
disminuido un 30% desde su entrada en vigor y en un 35% en primera
instancia: Es un error del Gobierno generar unas tasas disuasorias, ya
que la limitación del acceso a la justicia supone una vulneración del
derecho fundamental a la tutela judicial efectiva”. Así mismo, el
Decano ha explicado que el destino de los fondos recaudados por las
tasas no han sido transferidos hacia la mejora de la asistencia jurídica
gratuita y no figura siquiera en el presupuesto de 2014 del Ministerio
de Justicia”.
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