La alcaldesa de Torres Torres, Amparo Bolo?s Andreu./EPDA La Audiencia Provincial de Valencia condena a una multa de 300 euros a la alcaldesa de Torres Torres, María Amparo Bolós Andreu
por un “delito leve de falta de respeto a la autoridad”. Aunque queda
absuelta de un delito de atentado al no quedar probado su intención de
agredir al entonces alcalde, Víctor Mateu Ocón (PP).
Los hechos denunciados sucedieron el día 22 de octubre de 2019, cuando era concejala en la oposición del Ayuntamiento de Torres Torres y esta acudió a una reunión en el despacho del entonces alcalde del PP, Víctor Mateu Ocón, que tenía por objeto tratar de una denuncia que había sido interpuesta por la titular de la concesión administrativa de la cafetería de la piscina municipal implicando, entre otras, a una hija de la acusada.
Según se recoge en la sentencia, en el curso de la reunión Amparo Bolós
se alteró y lo llamó “hay que ser un hijo de puta para hacer lo que
estás haciendo”. También se dirigió hacia el alcalde haciendo
aspavientos con los brazos, aunque “no se ha acreditado en modo alguno
que tratara de agredirle”, como recoge la sentencia. Por lo que los
hechos probados “no son constitutivos del delito de atentado”, delito
del que la mandataria queda absuelta.
Sin embargo, al salir del despacho,
la acusada volvió a dirigirse al alcalde diciéndole que “era un hijo de
puta, que tenía que acabar en el cementerio y que la titular del
chiringuito era su amante”, recoge el documento. Es precisamente por
estas expresiones por las que se le acusa de un “delito leve de falta de
respeto a la autoridad” previsto y penado en el art. 556.2 del Código
penal.
Fue el 16 de diciembre de 2019, dos meses después, cuando Víctor Mateu Ocón interpuso denuncia por estos hechos ocurridos en el despacho de Mateu, aunque falleció durante la tramitación del procedimiento, quedando como sucesora procesal su hija, Gloria Mateu Pérez.
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de València ha condenado a la actual alcaldesa de Torres Torres, Amparo Bolós,
a pagar una multa de diez euros diarios durante un mes, aproximadamente
300 euros por un “delito leve de falta de respeto a la autoridad”,
según recoge la sentencia.
Aunque queda absuelta de un delito de
atentado contra la autoridad por el que la acusación particular le
solicitaba seis años de prisión e inhabilitación especial para el
derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, además de
una multa de doce meses con cuota diaria de 60 euros.
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