Edificio de la Bolsa de Valencia. / EPDA En una reciente decisión de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), se ha desestimado el recurso presentado por la Sociedad Rectora de la Bolsa de Valores de Valencia SAU contra el acuerdo del Consell de noviembre de 2020. Dicho acuerdo implicaba la reversión al patrimonio de la Generalitat del conjunto inmobiliario que albergaba la sede de la Bolsa de Valencia.
Los magistrados que emitieron la sentencia argumentan que la mercantil que llevaba a cabo sus actividades en el mencionado local ya no es la demandante en cuestión. En virtud de un convenio datado el 30 de marzo de 1990, la Administración autonómica habÃa cedido gratuitamente el uso de dicho local a una sociedad especÃfica con una finalidad concreta. Sin embargo, a lo largo del tiempo, la totalidad de las acciones de esa sociedad fueron adquiridas, primero por Bolsas y Mercados Españoles Sociedad Holding de Mercados y Sistemas Financieros SA en 2002, y posteriormente, en 2020, por el grupo Six Group AG.
La sentencia sostiene que esta sucesión de titularidad de la sociedad que operaba en el local fue realizada sin el consentimiento expreso de la Administración. Este cambio de propiedad, según el Tribunal, impide que la Sociedad Rectora de la Bolsa de Valores de Valencia SAU continúe gestionando sus servicios, lo cual es considerado como causa suficiente y lÃcita para la reversión del conjunto inmobiliario.
Es importante señalar que la sentencia no es firme y que contra ella cabe recurso de casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo.
Cabe mencionar también que esta comunicación no puede considerarse como la publicación oficial de un documento público. La revelación de los datos de carácter personal contenidos en la resolución judicial adjunta se realiza en cumplimiento de la función institucional establecida por el Reglamento 1/2000 de los órganos de gobierno de los tribunales. El tratamiento de estos datos se llevará a cabo de acuerdo con la normativa de protección de datos de carácter personal.
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