Fachada de la ciudad de la Justicia. /EPDA
El Juzgado Contencioso Administrativo número 5 de Valencia ha
revertido el nombramiento de una plaza para ocupar la jefatura
de servicio de hematología del hospital la Fe de Valencia,
condenando
de paso a la Generalitat Valenciana a pagar las costas del juicio.
La
sentencia, contra la que cabe recurso, determina que se produjeron
irregularidades en el nombramiento de los vocales del tribunal que
tenía que evaluar a los candidatos a la plaza. Concretamente la
sentencia apunta que a pesar de que la ley establece que hay que
sortear, y de hecho se sorteó, la composición del tribunal para
garantizar la objetividad de los evaluadores, los vocales del
tribunal incluían profesionales que por el sorteo había designado
como suplentes.
La
sentencia se muestra muy contundente contra los procedimientos de la
Generalitat Valenciana, y en su texto pueden leerse párrafos como
“denota
esa composición viciada el hecho de que no se cubriera la tercera
plaza de suplente entre los vocales designados por sorteo, cuando
había disponibilidad de facultativos para su designación”,
e incluso va más allá cuando usa las matemáticas para argumentar
su fallo “el
resultado difícilmente se podría considerar aleatorio cuando el
informe pericial aportado acredita que la posibilidad de que, dada la
composición heterogénea del colegio, todos los miembros designados
por sorteo fueran ajenos al hospital La Fe, como así ocurrió, era 1
entre 1.287”.
La
sentencia exige que el concurso de adjudicación de la plaza se
retrotraiga al momento de la composición del tribunal y esta vez se
respete el orden del sorteo de sus miembros.
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