Juan Picazo. / EPDA Ya hace tiempo que quería
sobre el tema de hoy hablar,
para aclarar algo a muchos
que lo deben de ignorar.
Porque me estoy refiriendo
a nuestro Himno Nacional,
y al Real Decreto que indica,
cuando se ha de interpretar.
El mil quinientos sesenta
del diez del noventa y siete,
y es de un gobierno de Aznar
que lo expresa claramente.
Solo se hará en cualquier acto
de carácter Nacional,
a quien represente al Gobierno,
y a la familia Real.
La Carta Magna proclama:
“Estado aconfesional”
y se le toca a una imagen
si sale a procesionar.
Y tengo mis serias dudas
de si esto es o no legal,
y quisiera que un jurista
me lo pudiese aclarar.
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