Eduardo Zaplana. /EPDA El abogado de Eduardo Zaplana en la causa abierta contra él en un juzgado valenciano dentro del caso Erial ha denunciado un artificio acusatorio contra el exministro y expresident de la Generalitat y ha pedido el archivo provisional, por considerar que no existe evidencia alguna de que cometiese ningún ilícito penal.
En un recurso de 33 folios, al que ha tenido acceso EFE, el letrado Daniel Campos lamenta que "la instrucción ha consistido básicamente en unir a la causa las distintas investigaciones realizadas por la Guardia Civil por propia iniciativa, sin atisbo de encomienda o control judicial y, por supuesto, sin permitir a las defensas intervenir en las mismas".
El pasado día 2, el Juzgado de Instrucción número 8 de Valencia dio por finalizada la instrucción del caso Erial que investiga a veinte personas, entre ellas los expresidentes de la Generalitat Eduardo Zaplana y José Luis Olivas y la familia Cotino, por el posible cobro de comisiones derivadas de las concesiones de ITV y parques eólicos en la Comunitat Valenciana.
El juzgado dio entonces a las partes un plazo de diez días para que formulen escrito de acusación solicitando la apertura de juicio oral o el sobreseimiento de la causa, según el auto de transformación a procedimiento abreviado dictado y que ponía fin así a una instrucción que tuvo su momento más destacado con la detención del exministro hace ahora cuatro años.
INDICIOS Y PRUEBAS CONTRA ZAPLANA
En su escrito, el abogado de Zaplana considera que los únicos indicios contra su cliente son "la declaración previamente pactada de Fernando Belhot -gestor de fondos uruguayo- y la mal llamada 'hoja de ruta'", o "papeles del sirio" -documentos incautados en un registro en el despacho del abogado del exgerente de Imelsa y autodenominado "yonqui del dinero", Marcos Benavent, que los obtuvo por un conocido sirio que ocupó la vivienda en la que anteriormente había vivido Zaplana-, y lamenta que ninguno de los dos ha podido ser sometido a contradicción por haberlo impedido la instructora.
Sobre estos papeles, hallados por los guardias civiles que investigaban la macrocausa de corrupción Imelsa, el letrado recuerda que el auto judicial que autorizó el registro rezaba que debía "evitarse cualquier inspección de sistemas informáticos" y que se tenía que limitar "la incautación material a documentos y archivos directamente relacionados con los hechos que se investigan, como documentación de Imelsa, Berceo Mantenimientos o empresas relacionadas con las anteriores".
El abogado de Zaplana lamenta que no fue hasta cinco meses después cuando la Guardia Civil informó al juzgado de "hallazgos casuales", en un informe en el que "admite que nada tienen que ver con la investigación en ese momento en curso seguida ante el Juzgado número 18", es decir, la de Imelsa.
"A partir de unos documentos que la Guardia Civil incautó indebidamente, la unidad policial actuante inicia una investigación policial prospectiva que dura más de cinco meses, durante lo cuales se accede a los protocolos notariales de Asedes -firma de la familia Cotino-, donde se encuentran dos de gran importancia relacionados con las sociedades Imison International y Fenix Investmets, ambas domiciliadas en Luxemburgo”.
Estas sociedades son a través de las que, según sostiene el fiscal, se canalizaron las mordidas que supuestamente pagó la familia Cotino a Zaplana por la adjudicación de las ITV en la Comunitat Valenciana cuando este era president de la Generalitat.
Sin embargo, el abogado del exministro advierte que el nombre de Zaplana "ni aparecía en los documentos incautados, ni en los protocolos notariales, ni tenía relación con ninguna con las compañías citadas", por lo que "su conexión con los documentos se construye mediante la rocambolesca historia de su supuesta aparición -ya desmentida- de dichos documentos en el domicilio que fuera de don Eduardo Zaplana", en referencia a la "hoja de ruta o papeles del sirio".
Esto se construye así, en opinión de la defensa de Zaplana, "aunque para ello haya que olvidarse que las fechas de dichos documentos o la de su impresión son posteriores a la venta y desalojo de la vivienda por mi representado. ¿Qué más da? El caso era inventarse un motivo que permitiera investigar a Zaplana y todo valía para lograr ese fin".
Pide, en consecuencia, la nulidad del procedimiento por la ilicitud en la incautación de esos documentos.
EL PAPEL DEL "YONQUI DEL DINERO"
Además, insiste en que Benavent "ha rectificado su anterior versión sobre dicha entrega, si bien esta rectificación la ha realizado en otros procedimientos, dada la negativa respuesta dada por el Juzgado y por la Sala a las peticiones formuladas por esta defensa para que el testigo pudiera ser oído en la presente causa".
De hecho, la jueza instructora no ha aceptado ni las declaraciones de Benavent ni las del comisario José Manuel Villarejo, ambas pedidas por la defensa de Zaplana.
Sobre la confesión del gestor de fondos uruguayo Fernando Belhot, que ha facilitado la recuperación de 6,8 millones de euros, la defensa del exministro recuerda que inicialmente se le consideró investigado en la causa, pero que "la expresada cooperación se ha traducido en compromiso de no ser acusado, ni por tanto penado, por ningún delito derivado de la gestión del supuesto patrimonio" de Zaplana.
"Sin embargo, no es posible en ningún caso en nuestro sistema jurídico la concesión de un beneficio punitivo consistente en garantizar la completa inmunidad de una persona que
supuestamente ha participado en los hechos delictivos", subraya la defensa de Zaplana.
A excepción de la declaración de Belhot, siempre según la defensa de Zaplana, no existe otro
indicio en el sumario que permita vincular al exdirigente del PP con el movimiento de fondos en el extranjero.
Por último, en relación a la supuesta adjudicación fraudulenta de las ITV, se apunta: "No existe, ni en el sumario ni fuera de él, ninguna resolución firmada por mi representado en relación a las ITV o al PECV -planes eólicos-", por lo que "no nos resulta posible atisbar cómo pudo ser Zaplana autor de dicho delito".
"Se nos podría decir que aunque él no suscribiera ninguna resolución prevaricadora pudo ser inductor, cooperador o cómplice. Pero en ese caso, sería preciso identificar, al menos, al autor material inducido. (...) La resistencia del Juzgado a indagar sobre las personas que pudieron intervenir en las actuaciones administrativas no nos ha permitido saber si efectivamente hubo resoluciones injustas en las adjudicaciones de ITV o de proyectos del PECV", concluye.
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