El procesamiento de 49 concejales y asesores del Ayuntamiento de València en la etapa de Rita Barberá como alcaldesa, asà como del PP local como persona jurÃdica por blanqueo de capitales en las elecciones municipales de 2015, llega tras casi 6 años de una enmarañada investigación policial y judicial.
El auto del Juzgado de Instrucción número 18 de València conocido este martes también analiza el presunto entramado creado para la financiación del PP en las elecciones de 2007 y 2011, y señala a Alfonso Grau, quien fuera "mano derecha" de Barberá, como "recaudador de recursos económicos sustraÃdos a la regularidad y transparencia contable", y a MarÃa del Carmen GarcÃa Fuster, la secretaria de aquel grupo municipal, como administradora de esos recursos.
EL INICIO DE LA CAUSA
La pieza del conocido como "pitufeo" -blanqueo de capitales- fue la primera de las derivadas del caso Imelsa, que tuvo su germen en el verano de 2014, cuando Esquerra Unida llevó a la FiscalÃa unas grabaciones efectuadas durante años por el que fue gerente de la empresa pública provincial Imelsa y autodenominado "yonki del dinero", Marcos Benavent.
No fue hasta el 26 de enero de 2016 cuando las detenciones, en el marco de la operación policial Taula, evidenciaron la existencia de indicios de corrupción en una red mucho más extensa de lo sospechado inicialmente.
La causa judicial, que nació con la detención de Alfonso Rus y varios de sus "lugartenientes" en la Diputación, junto con otros ex altos cargos del Consell de la Generalitat, derivó después en la imputación de prácticamente todo el equipo que sustentó a Barberá en la alcaldÃa durante más de dos décadas por un supuesto delito de blanqueo de capitales.
Con el paso de los meses acabó también por salpicar a la exalcaldesa, que falleció en Madrid el 23 de noviembre de 2016, dos dÃas después de declarar ante el Supremo como investigada por el supuesto delito de blanqueo que ella habÃa negado en varias ocasiones.
AsÃ, se abrió la pieza A de la causa, la "del pitufeo" o supuesto blanqueo, la más mediática, y en la que está procesado medio centenar de personas entre concejales, exconcejales, asesores y exasesores del PP de València, sobre los que el juez ha dictado auto de procedimiento abreviado.
BLANQUEO DE CAPITALES
La investigación se centra en la campaña electoral de 2015, para la que desde el grupo municipal popular se exigió a un total de 50 personas, todas ellas vinculadas, en ese momento o en el pasado, al grupo y al partido -desde la propia alcaldesa a concejales y asesores- una aportación de 1.000 euros, que les serÃa devuelta en mano en dos billetes de 500 euros.
Estos pagos, que se efectuaron "bajo la apariencia de aportaciones voluntarias", fueron realizados entre el 23 de marzo y el 16 de abril de 2015, en una cuenta no fiscalizada por el Interventor municipal, y que se mantenÃa, deduciblemente, al margen de la contabilidad del PP.
El juez entiende que todos los donantes participaron de este blanqueo, excepto una de las asesoras que devolvió el dinero recibido, y que todos ellos podÃan tener conocimiento de que el dinero podÃa tener su origen en una actividad delictiva.
"El ejercicio de un cargo polÃtico, con todas sus implicaciones profesionales, y su sentido de la responsabilidad, excluye en gran medida la ignorancia absoluta o gruesa sobre lo que implica un dinero oculto en el seno de un partido, más en el de un grupo municipal", señala el auto.
LOS ANTECEDENTES: LAS CAMPAÑAS DE 2007 y 2011
El instructor analiza también el supuesto entramado creado por Alfonso Grau para la financiación de las elecciones de 2007 y 2011, a través de las empresas Laterne (2007) y Trasgos (2008).
El inicio de la investigación comienza cuando un exasesor de Grau que habÃa trabajado en Laterne aportó a la FiscalÃa una voluminosa documentación que tenÃa en su poder relativa a la campaña electoral de 2007.
De la investigación realizada, el juez entiende que durante 2006 y 2009 el PP de València "ingresó y destinó a las campañas electorales una cantidad de dinero y de recursos muy superior a la establecida legalmente, y muy especialmente en la campaña del 2007".
Y lo hizo "mediante procedimientos clandestinos de financiación que vulneraban flagrantemente los lÃmites normativos" de las leyes de Régimen Electoral General y de Financiación de Partidos PolÃticos.
Fue, a su juicio, "una sobrefinanciación articulada exclusivamente en el ámbito local de partido" que "se confundÃa plenamente, en su actividad polÃtica y también en la económica, con la actividad polÃtica y económica del grupo municipal".
AsÃ, la cantidad real destinada a la campaña electoral del PP en la ciudad de València en el año 2007, "o mejor dicho, la canalizada a través de la empresa Laterne" -añade el juez-, "fue significativamente superior, superando con seguridad y ampliamente el millón de euros, y pudiendo superar la cota de los millones".
En el caso de la campaña de 2011, el Juzgado indica que, como en el año 2007, parte del gasto electoral pudo pagarse mediante las aportaciones económicas, bien en metálico de ilÃcita procedencia o de distintas empresas, con una "fuerte vinculación" al Ayuntamiento.
Y todo ello, añade, obviando la normativa electoral en materia de financiación, no solo con recursos de la cuenta opaca que mantenÃa el grupo municipal, sino mediante dinero efectivo de procedencia ilÃcita entregado a GarcÃa Fuster, y a través de los requerimientos de Alfonso Grau a terceras empresas.
AUSENCIAS POR FALLECIMIENTO
En este auto de procesamiento faltan tres altos cargos que, desde el inicio de la instrucción, han fallecido.
Primero fue, el 23 de noviembre de 2016, Rita Barberá, quien fue hallada muerta en la habitación del hotel donde se hospedaba en Madrid como senadora y horas después de declarar como imputada por este caso ante el Tribunal Supremo, por ser aforada.
El 16 de junio de 2018 fallecÃa la exconcejala de Cultura MarÃa José Alcón, quien se precipitó desde un balcón cuando su marido, Alfonso Grau, habÃa salido a pasear.
Emilio del Toro, también exconcejal con Barberá, murió el pasado 22 de septiembre y, como en los dos casos anteriores, su fallecimiento ha llevado aparejada la extinción de su hipotética responsabilidad penal.