La gestión del polémico José Antonio Sancho Sempere sigue lastrando el día a día del Ayuntamiento de Canet d'en Berenguer. El último episodio ha sido un burofax de la llamada Plataforma de Afectados por las Actividades Delictivas de Sancho Sempere dirigido al consistorio canetero que no sólo ha vuelto a poner de manifiesto las muchas heridas que quedan por cerrar en el municipio del Camp de Morvedre para poder superar la etapa en el que el líder de la Trama de Asesorías ejerció como secretario municipal, sino que ha desvelado un proceso legal que se desconocía hasta el momento.
Y es que al enviar la citada plataforma de afectados su escrito exigiendo dimisiones y denunciando presuntas irregularidades en procesos internos, así como criticando un presunta falta de acciones de acciones para recuperar fondos públicos vinculados al exsecretario municipal condenado por corrupción, se ha descubierto que el Ayuntamiento de Canet d'en Berenguer ha recurrido ante el Tribunal Supremo la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) que anuló el contrato de gestión del agua con la empresa Egevasa, así como su prórroga y un acuerdo municipal de 2023.
En el recurso, que se presentó hace meses, pero no se había hecho público hasta la llegada del burofax, el consistorio defiende que la empresa Aqlara, impulsora del proceso, no tenía legitimación para recurrir. Desde el gobierno municipal se considera este recurso como una prueba de la actitud activa del consistorio ante los daños causados por Sancho y subrayan que el proceso judicial por la gestión del agua sigue abierto.
Según explicó Pere Antoni, alcalde de Canet, "aunque la sentencia no nos ha sido favorable, estamos muy tranquilos porque tenemos claro que este equipo de gobierno, cuando rechazó la solicitud de revisión del contrato, en marzo de 2023, lo hizo respetando escrupulosamente lo que marca la ley según la vigente jurisprudencia del Supremo. Si no atendimos la solicitud de AQLARA fue porque consideramos que, desde un punto de vista legal, carecía de legitimidad".
Por lo que se refiere a que la sentencia podría costar 5 millones de euros al erario de Canet, "es absolutamente falso. Esta cifra, tal y como señala la sentencia, se refiere a una valoración que se hizo, en 2009, de lo que costaría poner en marcha una planta de ósmosis inversa en el municipio, que es en lo que se justificaba la prórroga del contrato. En ningún momento la sentencia dice nada al respecto y mucho menos que haya que construirla. De hecho, al final se optó por una solución mucho menos onerosa y ahora sería absolutamente innecesaria".
La sentencia de 31 de marzo de 2025, recurrida por el ayuntamiento, se refiere al acuerdo municipal de 2 de marzo de 2023 que rechazaba tramitar la solicitud de AQLARA de revisión de oficio del acuerdo suscrito con EGEVASA (participada por la Diputación de Valencia y la antigua Aguas de Valencia) en 2004, así como la prórroga suscrita en 2009, ambos siendo alcaldesa Amparo Mañó.
AQLARA, explican fuentes municipales, "no participó en el procedimiento de licitación por lo que no queda acreditado, en opinión de este ayuntamiento, que tenga un interés legítimo en la causa, más bien hipotético, dado que no obtiene ningún beneficio con la anulación del proceso. Ese beneficio sería indirecto e hipotético, ya que se produciría solo en el caso de que, cuando vuelva a licitarse el servicio, cumpla los requisitos para participar, lo haga y resulte el adjudicatario". La falta de legitimación, añaden estas fuentes, "es un requisito insubsanable, conforme a la jurisprudencia del Tribunal Supremo".
En su recurso, el Ayuntamiento de Canet se opone a la sentencia del TSJCV, entre otros motivos, porque la empresa también carecía de legitimidad para solicitar, en vía administrativa, la revisión de oficio, conforme artículo 106.1 y 4.1 de la Ley 39/2015".