Salva Costa. / EPDALa Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha absuelto al alcalde de Gilet, Salvador Costa (PSPV-PSOE), a la secretaria municipal y al jefe de la Policía Local de los delitos de acoso laboral y lesiones por los que fueron juzgados este jueves, tras la denuncia interpuesta por un agente del cuerpo policial del municipio.
La Fiscalía solicitaba para cada uno de los acusados una pena de doce meses de prisión por un supuesto plan de “persecución sistemática” hacia el denunciante, presuntamente motivado por su apoyo a una compañera en diversos litigios judiciales. La acusación particular, por su parte, añadía el delito de lesiones psíquicas, por el que pedía dos años de prisión, una orden de alejamiento de tres años y una indemnización de 50.000 euros.
Durante el juicio, el agente denunciante relató una serie de episodios entre 2016 y 2021 que, según su versión, configuraban un entorno laboral hostil: negativa a devolverle el arma reglamentaria tras una baja médica, retrasos en la emisión de certificaciones, errores en la nómina que acabaron judicializados, y una sanción disciplinaria de tres años y medio que más tarde fue anulada judicialmente.
Sin embargo, el tribunal ha considerado que no hubo una conducta intencionadamente hostil por parte del alcalde ni de los otros dos trabajadores municipales. En su resolución, los magistrados afirman que “no consta participación directa del alcalde en ninguno de los hechos” y que “las actuaciones respondieron más a disfunciones administrativas y problemas organizativos que a una estrategia deliberada de acoso”.
Además, el fallo señala que muchos de los retrasos y decisiones cuestionadas fueron responsabilidad de terceros, como gabinetes externos o la propia Guardia Civil, y que en varios casos fueron avaladas por otras instancias judiciales. El tribunal también destaca que el único testimonio que sostiene la acusación fue el del propio denunciante, desmentido “de forma unánime” por compañeros de la Policía Local y funcionarios del consistorio.
“No se aprecia ninguna carga de humillación u hostilidad objetiva en los actos mencionados”, concluye el tribunal, que interpreta los hechos como “incidencias propias de una relación funcionarial complicada por bajas médicas, comisiones de servicio y malentendidos administrativos”.
La resolución no es firme y puede ser recurrida en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en el plazo de diez días. Desde el consistorio no se ha emitido aún un comunicado oficial, aunque fuentes próximas al equipo de gobierno celebran que "se haya hecho justicia tras años de acusaciones infundadas".
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