Parra Mateu en el inicio del juicio con Natividad García y Sancho Sempere al fondo a la izquierda. EPDA El ex secretario del Ayuntamiento de Canet d'En Berenguer (Valencia), José Antonio Sancho Sempere, acumula otra sentencia firme condenatoria por la trama de las asesorías, en este caso ha sido el Tribunal Supremo que nuevamente condena a Sancho por el delito de prevaricación administrativa en la pieza del Consorcio de Museos de la Generalitat Valenciana. Se trata, por tanto, de la tercera que afecta al capo de una extensa trama corrupta con epicentro en esta localidad valenciana y con ramificaciones en casi una veintena de localidades.
Dentro de las investigaciones periodísticas que está realizando El Periódico de Aquí referidas a los distintas piezas judiciales de la conocida como “la trama de las asesorías”, este medio ha sabido que el ex secretario de Canet, José Antonio Sancho Sempere ha sido condenado por sentencia judicial firme dictada por el Tribunal Supremo en la pieza del Consorcio de Museos, cuyo interventor también participó activamente.
Como se publicó días atrás, la trama era la siguiente: El Consorcio de Museos en una entidad pública que al tiempo de contratar los servicios de la Academia Valenciana de Juristas (un chiringuito de Sancho Sempere) tenía como uno de sus responsables, en concreto como interventor, a Rafael Parra Mateu, amigo de Sancho Sempere. La amistad en lo personal llevó a ambos a relacionarse profesionalmente de modo que el dueño real de la Academia Valenciana de Juristas (AVJ) cobró al Consorcio de Museos por unos informes la cantidad reseñada que fue pagada por el citado Consorcio con el beneplácito de Parra. Tanto Sancho como Parra eran , en realidad, los que controlaban un amplio entramado societario compuesto por las firmas Academia Valenciana de Juristas, Asesores Económicos, Asesores Profesionales y Millena III Milenio. No obstante, ellos no figuraban como administradores. Pretendían ocultar esa relación para evitar la del Sector Público, ya que ambos eran funcionarios.
El entramado sólo perseguía un objetivo: generar facturación a su favor para ganar dinero a costa de las arcas públicas. En ocasiones, colocaban a personas al frente de la administración de las firmas, aunque las cuentas bancarias las manejaban ellos. Eran nombramientos directos de personas que no tenía capacidad de gestión y administración real. Como ya publicó El Periódico de Aquí -que inició una vasta investigación en el año 2011-, tanto Sancho Sempere como Parra Mateu compartieron celda en el centro penitenciario de Picasent, por resolución del Juzgado de Instrucción 12 de Valencia en una de las causas de la trama.
En este caso, se repite la misma operativa que Sancho Sempere ha utilizado de forma continua parra esquilmar a ayuntamientos y otras entidades públicas. Sancho, a través de sus amistades personales, empresariales y políticas dentro de algunas corporaciones y como habilitado de la administración local ofrecía a diversos ayuntamientos y otras entidades públicas unos servicios de asesoramiento jurídico. Tras un concurso amañado y/o mediante contrataciones directas conseguía que entidades públicas contrataran a las asociaciones que Sancho dirigía, gestionaba y controlaba junto a su familia. Tras la presentación por estas de las facturas correspondientes, las entidades públicas las pagaban y el dinero acababa así en los bolsillos de Sancho y de su familia.
Una historia repleta de cómplices, entre políticos, funcionarios y empresarios, que quedará plasmada en un libro que se publicará en diciembre de 2024 con el título provisional de 'La zorra en el gallinero'.
Pues bien, en virtud de sentencia del TS que este medio ha tenido acceso en su integridad se narra a la perfección y con detalle todo lo que El Periódico de Aquí ya publicó sobre esta trama de corrupción en la administración pública valenciana. La sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, refiere que el Consorcio de Museos de la Generalitat Valenciana se constituyó mediante acuerdo de 5 de marzo de 1996 del Consell, de las diputaciones provinciales de Alicante, Castellón y Valencia y de los Ayuntamientos de Alicante, Castellón y Valencia como una entidad con personalidad jurídica propia, independiente y con plena capacidad jurídica y de obrar para el cumplimiento de sus fines y que durante los ejercicios 2007 a 2011 el responsable del Consorcio de Museos, dada su condición de interventor, era Rafael Parra Mateu , persona encargada de autorizar los pagos. Durante el citado periodo el interventor del Consorcio era el acusado cuya función es el control interno financiero y de eficacia y la fiscalización de las facturas que se recibían por el consorcio, ejerciendo por tanto el control financiero y económico de la entidad.
El acusado Parra Mateu controlaba "de facto" la entidad Asesores Económicos Públicos S.L. Consta como apoderado desde el 2 de abril de 2007 para la completa gestión real y efectiva de la sociedad.
Dice la sentencia que Sancho Sempere durante el periodo comprendido entre el año 2007 a 2010 ostentaba el cargo de Secretario del Ayuntamiento de Canet de Berenguer y gestionaba y dirigía las siguientes entidades: Academia Valenciana de Juristas, Millena III Milenio SL. y Asesores Profesionales.
Sigue afirmando la sentencia que ambos acusados, Sancho Sempere y Parra Mateu, con la intención de obtener un lucro económico y puestos de común acuerdo idearon un sistema para obtener de forma continuada el dinero público proveniente del Consorcio de Museos, valiéndose para ello de las entidades anteriormente reseñadas, sobre las cuales ejercían el control y la gestión y, cuya finalidad era eludir las exigencias derivadas de la Ley de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, en la medida que ambos acusados eran funcionarios públicos del sector público, controladas por ellos, y cuyo destino del dinero era el propio patrimonio de los acusados.
La sentencia explica que en el año 2007, el Consorcio de Museos abonó a la entidad Asesores Profesionales la cantidad de 31.900 euros por trabajos no efectuados, respondiendo su contratación al plan ideado por los acusados para incorporar dinero público a su patrimonio sin respetar, de forma interesada, el procedimiento administrativo de contratación al no constar el objeto o servicios que se incluye la facturación, ni aparecer detallado en la factura ni constar documentación acreditativa de la prestación de dichos servicios. Las facturas fueron confeccionadas para aparentar un trabajo no realizado sin responder a una verdadera prestación de servicios.
Señala la sentencia que la contratación efectuada por el Consorcio de Museos no siguió la normativa reglamentaria habiéndose omitido los requisitos que rigen la contratación pública sin haberse sometido a la normativa vigente en el periodo de los hechos enjuiciados sobre contratación pública. Lo anterior fue posible porque el acusado Parra Mateu, en su condición de interventor del Consorcio de Museos, actuó al margen de la Ley, y en la fecha de la facturación que es objeto de este procedimiento, preparó todos los documentos para que pudiera hacerse efectivo dichos pagos a la sociedad Asesores Profesionales controlada por el acusado Sancho Sempere, funcionario público con cargo de Secretario en el Ayuntamiento de Canet d'En Berenguer.
Una vez obtenido el dinero en las cuentas de Asesores Profesionales, el dinero era ingresado en la cuenta de Asesores Económicos Públicos, entidad controlada y gestionada por Parra.
Y en el año 2008, siguiendo la misma dinámica comisiva y aprovechando que el acusado Parra Mateu era interventor del Consorcio de Museos, la sociedad Millena III Milenio, controlada por el acusado Sancho Sempere crea la factura NUM011 de fecha 10 de septiembre de 2008 por importe de 3.100 euros más 496 euros en concepto de IVA por el concepto de trabajos relativos a la asistencia técnica en la confección de servicios de asesoramiento y gestión, prescindiendo del procedimiento de contratación legalmente establecido. La citada factura es abonada por la propia intervención del acusado Parra Mateu, quien obviando sus funciones de fiscalización y control del gasto permitió que la misma se satisficiera.
Durante el año 2009, de igual forma y en las mismas condiciones de inexistencia de los requisitos requeridos por la Ley ocurrió lo mismo respecto de las facturas presentada por la entidad Academia Valenciana de Juristas que fueron pagadas por el Consorcio con el beneplácito de Parra Mateu. Sancho Sempere como consecuencia de las graves irregularidades observadas fue encausado judicialmente y posteriormente condenado a pena de prisión como este medio periodístico ha informado anteriormente.
Tres condenas firmes para Sancho
Esta resolución del Tribunal Supremo es la tercera sentencia condenatoria que han recaído hasta la fecha contra Sancho Sempere:
1. La primera de dichas condenas fue acordada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia, que también condenó a la ex alcaldesa de La Pobla de Farnals, Natividad García Castellar.
Ambos fueron condenados por el delito de cohecho.
Esta sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia fue recurrida por vía de recurso de Casación ante el Tribunal Supremo que resolvió de forma definitiva la cuestión en la
Sentencia de fecha 18 de noviembre de 2016, desestimando el recurso de casación interpuesto por Sancho Sempere y ratificando la sentencia de la Audiencia que decía:
“Debemos condenar y condenamos a José Antonio Sancho Sempere y Natividad García Castellar, como responsables criminalmente en concepto de autores de sendos delitos de cohecho, sin la concurrencia de circunstancias modificativas, a las penas de 2 años de prisión, multa de 13 meses a razón de 20 euros diarios e inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante la condena para José Antonio Sancho Sempere, y a las penas de 2 años de prisión, multa de 13 meses a razón de 20 euros diarios e inhabilitación especial de empleo y cargo público y derecho de sufragio pasivo durante 4 años para Natividad García Castellar; imponiendo a ambos el pago de costas procesales proporcionalmente devengadas”.
2. La segunda de dichas condenas fue la dictada por el Juzgado de lo Penal 18 de Valencia que en virtud de sentencia de fecha 21 de julio de 2022 condenó a Sancho Sempere por delito continuado de prevaricación administrativa en concurso con otro delito también continuado de negociaciones prohibidas a los funcionarios públicos y actividades prohibidas.
La sentencia judicial que es firme y fue aceptada por Sancho, dice: “Que según se anticipó oralmente en el Juicio, debo CONDENAR Y CONDENO a José Antonio Sancho Sempere como autor de un delito continuado de prevaricación administrativa del art. 404 y 74 CP, en su redacción original vigente en la fecha de los hechos en concurso medial con un delito continuado de negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios públicos y de los abusos en el ejercicio de su función del art. 439 CP y 74 CP, en su redacción dada por la LO 5/20, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas como muy cualificada, a la pena de SEIS MESES DE PRISIÓN y ACCESORIA DE INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EL EJERCICIO AL DERECHO AL SUFRAGIO PASIVO DURANTE LA CONDENA, 6 MESES DE MULTA A RAZÓN DE UNA CUOTA DIARIA DE 10 EUROS CON RESPONSABILIDAD PERSONAL SUBSIDIARIA EN CASO DE IMPAGO de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa no satisfechas y 12 MESES DE INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EL CARGO DE FUNCIONARIO DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL CON HABILITACIÓN NACIONAL; y abono de las costas procesales (incluidas las de la acusación particular.
Pero lo relevante de esta última sentencia es que Sancho Sempere reconoció de forma expresa que era él el que dirigía, gestionaba y controlaba a la ACADEMIA VALENCIANA DE JURISTAS (como también ocurría con las otras asociaciones creadas por Sancho Sempere y así la sentencia dice:
“Para ocultar su condición de director de la ACADEMIA VALENCIANA DE JURISTAS (AVJ) puso al frente de la misma a tres profesionales del derecho desconocedores de los términos en los que se formalizaban las contrataciones pactadas entre la AVJ con sus clientes se encargaron siguiendo las indicaciones del acusado de tramitar los pleitos que les eran encomendados a la AVJ. Estos tres profesionales así como otras personas ajenas fueron incluidas por el acus
ado como miembros de la junta de gobierno de la AVJ, pero lo cierto era que quien la dirigía y gestionaba era el acusado”.
3. Y la tercera sentencia es la que hoy referimos, dictada por la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que vuelve a condenar a José Antonio Sancho Sempere por el delito de prevaricación en los siguientes términos:
Por todo lo expuesto, en nombre del Rey, por la autoridad que le confiere la Constitución, esta sala ha decidido
Condenar a JOSE ANTONIO SANCHO SEMPERE y a RAFAEL PARRA MATEU por un delito continuado de prevaricación de los arts. 404 y 74 CP a las penas de cuatro años y seis meses y nueve años respectivamente de inhabilitación especial para el ejercicio de todo cargo o función pública que comporten manejo de fondos públicos o decisiones o intervención en contratación.
José Antonio Sancho Sempere, ex secretario del Ayuntamiento de Canet y capo de la llamada “trama de las asesorías”, se enriqueció durante años a costa de ayuntamientos y entidades públicas y consiguió ser titular de 57 cuentas bancarias, 4 inmuebles urbanos, (uno de ellos en Canet) 82 fincas rústicas, un yate privado (Millena) y vehículos de alta gama que fueron a parar a su patrimonio personal y al de su familia.
La citada familia, según los informes elaborados por el Equipo de Delitos Económicos y Urbanísticos de la Comandancia de Valencia, de la Dirección General de la Guardia Civil, está compuesta por las siguientes personas:
-JOSE ANTONIO SANCHO SEMPERE (ex secretario de la corporación municipal de Canet e ideólogo de la “trama de las asesorías”.)
-AMPARO GONZALEZ SANCHIS (esposa, letrada y colaboradora de las asociaciones privadas creadas por su marido en la trama).
-JOSE ANTONIO SANCHO GONZALEZ (hijo y ex jefe de la Policía Local de Canet de Berenguer y que aparece vinculado a varias de las entidades privadas de su padre de la trama)
- CARMEN SANCHO GONZALEZ (hija y funcionaria del Ayuntamiento de Canet en el departamento de contratación y que se salvó de la cárcel gracias a la autoinculpación de su padre en la pieza judicial de Canet)
-AMPARO SANCHO GONZALEZ (hija y funcionaria del ayuntamiento de Pobla de Farnals que canjeó su puesto con otro funcionario de Canet)
-MARIA INDA SANCHO GONZALEZ (hija, letrada y colaboradora en empresas controladas por su padre).
La intervención y participación de cada uno de los miembros de la familia SANCHO-GONZALEZ en la trama de las asesorías tiene variaciones según momentos y lugares como este medio irá refiriendo en próximos artículos.
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