Tanto la Academia Valenciana de Juristas, como Asesores Profesionales, fueron creadas en el año 2000 como entidades profesionales por las mismas personas, José Ramón Llopis Cotanda, Juan Jesús Gilabert e Ignacio Sánchez Moscardó, según consta en los estatutos que obran en poder de El Periódico de Aquí, que fueron registrados el 5 de diciembre del año 2000. En ambas figuraba entonces como domicilio la calle Palau 13 de Valencia y el ‘copia-pega’ jugó una mala pasada a sus promotores, ya que Asesores Profesionales en su artículo 22 recogió textualmente ‘‘Todos los miembros de la Academia...’’ o ‘‘El pago de las cuotas podrá ser exigido por la Academia...’’.
Las mismas personas solicitaron la creación de la ‘‘organización patronal Academia Española de Juristas’’, según recoge la resolución de la Dirección General de Trabajo, Subdirección General de Programación y Actuación Administrativa publicada en el BOE número 63 de fecha miércoles 14 de marzo de 2001. Esta ‘‘organización patronal’’ nombró presidente de honor al secretario municipal de Canet, José Antonio Sancho, del año 2002 a 2009.
Asesores Profesionales recaló en Canet d’En Berenguer en el año 2002. El pleno de 20 de diciembre y el decreto de alcaldía de 29 de abril de 2003 aprueban -''según certificación firmada por el secretario del Ayuntamiento don José Antonio Sancho Sempere con el visto bueno del alcalde compareciente’’- la cesión y adjudicación a ‘‘Asesores Profesionales, organización profesional con CIF G97063598 y domicilio en Valencia, calle Palau 13 (...) el derecho de superficie sobre esta finca arriba descrita (...). El precio de esta cesión del derecho de superficie asciende a seis mil diez euros y doce céntimos que la Entidad Municipal confiesa haber recibido antes del acto del otorgamiento de la escritura (...) sujeta a las siguientes condiciones: ‘‘canon anual. Esta cesión está sujeta al abono de un canon anual de seis mil diez euros y doce céntimos de euros más el IVA correspondiente (...). Este derecho supone el uso del área dotacional variado y usos afines en el municipio. En consecuencia el adjudicatario deberá destinar la parcela a los usos previstos y definidos en la propuesta de actuación’’. El plazo de la cesión del derecho de superficie sobre la parcela quedó establecida en 75 años.
Para acreditar la representación de dicha asociación, se entregó al notario copia del ‘‘acta de protocolización y apoderamiento de la asociación Asesores Profesionales (...) en la que comparece como presidente de la misma José Ramón Llopis Cotanda (...) y estando representada por don Juan José Sánchez Martínez’’.
Sin embargo, Asesores Profesionales, que según su artículo 8, ‘‘no persigue fines especulativos ni lucrativos’’, firmó ante notario mes y medio después ‘‘la cesión del derecho de superficie y todos los demás pactos que se otorgan en esta escritura’’ a Mercadona SA, ‘‘que lo adquiere por precio de sesenta y seis mil ciento once euros con treinta y tres céntimos ya satisfechos’’. Un buen pelotazo en tan sólo dos meses.
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